Presentada una denuncia, el Ministerio Público Fiscal debe analizar inicialmente los hechos y formar un legajo de investigación.
Qué puede decidir la Fiscalía
A partir de esa valoración puede, según el caso, desestimar la denuncia si el hecho no constituye delito, disponer su archivo, aplicar alguno de los criterios previstos legalmente, iniciar una investigación previa o avanzar hacia la formalización de la investigación penal preparatoria. El Código Procesal Penal de San Juan establece un plazo inicial de quince días para adoptar o proponer alguna de estas decisiones.
Denunciar no es lo mismo que imputar
La presentación de la denuncia no implica por sí sola que exista una imputación ni que el caso necesariamente llegue a juicio. Si sos la víctima y querés intervenir activamente en el proceso, podés evaluar constituirte como querellante.
La información publicada tiene carácter general y no sustituye el asesoramiento jurídico sobre un caso concreto. Código Procesal Penal de San Juan · Ley 1851-O
