Lo primero es determinar en qué carácter se realiza la citación: imputado, víctima, testigo u otro interviniente. No todas las citaciones producen las mismas consecuencias.
Si te citan como imputado
Si una persona está siendo investigada como imputada, tiene derecho desde el primer momento a conocer la imputación, guardar silencio, contar con asistencia de un abogado y entrevistarse con su defensor de manera privada antes de cualquier acto que requiera su intervención.
Si te citan como testigo
Si fue citada como testigo, en principio existe el deber de comparecer y declarar, aunque la ley contempla determinados supuestos en los que puede abstenerse.
Antes de presentarte
Ante una citación penal, es conveniente conocer previamente el motivo y el carácter de la convocatoria antes de comparecer. Tené a mano la cédula o notificación que recibiste: allí suelen figurar la fiscalía, el número de legajo y la fecha.
La información publicada tiene carácter general y no sustituye el asesoramiento jurídico sobre un caso concreto. Código Procesal Penal de San Juan · Ley 1851-O
